Programa Salud Laboral
|
Salud Laboral |
|
|
DESCRIPCIÓN |
La Salud Laboral se preocupa de la búsqueda del máximo bienestar posible en el trabajo, tanto en las actividades que se realizan como parte de él como en las consecuencias que tienen dichas actividades en los planos físico, mental y social del trabajador. De allí que los esfuerzos de la Salud Laboral deben centrarse en la prevención, adoptando todas las medidas necesarias para que el trabajo no cause daño. En Chile la Salud Laboral se encuentra reglamentada por normas legales que combinan aspectos laborales (Código del Trabajo y reglamentos), de seguridad social (Ley 16.744 y reglamentos) y aspectos sanitarios (Código Sanitario y reglamentos), además de algunas normativas técnicas sectoriales que indican medidas de seguridad para algunos sectores particulares (Minería). |
|
GRUPO OJETIVO |
Toda persona que ejerce un trabajo |
|
NIVEL PRIMARIO |
Traslado Pacientes, Rescate Urgencia, Medicina del Trabajo.
|
|
NIVEL SECUNDARIO Y NIVEL TERCIARIO |
· Centro Médico, Kinesiología, Hospitalización, Sala de Rayos, Imagenología, Pabellón, Servicio de CET – Exámenes Preocupacionales y Ocupacionales.
|
|
METAS |
ü La actividad que tiene como finalidad fomentar y mantener el más alto nivel de bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas las profesiones, prevenir todo daño a la salud de estos por las condiciones de su trabajo, protegerlos en su empleo contra los riesgos para la salud y colocar y mantener al trabajador en un empleo que convenga sus actitudes psicológicas y fisiológicas |
|
CUMPLIMIENTO
|
- Instituto de Salud Publica ISP Es el laboratorio de referencia en mediciones ambientales en los lugares de trabajo y exámenes a los trabajadores expuestos a agente contaminantes.
- SEREMI de salud de cada región Fiscalizan las condiciones en los ambientes de trabajo establecidas en el Decreto Supremo N° 594 del Ministerio de Salud, a través de inspecciones a industrias, empresas, talleres. - Instituto de normalización Previsional (INP) Organismo administrador de Ley 16.744 para sus empresas afiliadas (públicas o privadas) y los Servicios de la Administración del Estado afiliados al INP, entregando los beneficios que esta normativa establece en caso de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. |

